La Administración Tributaria no puede alterar la naturaleza jurídica de un bien con base en apreciaciones subjetivas o simples presunciones, sino que debe aportar pruebas objetivas y suficientes que acrediten los presupuestos fácticos que sustentan su decisión garantizando así la legalidad, la seguridad jurídica y el debido proceso en materia tributaria. Así lo establece la […]
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