Ley 71-23 Olvidada y sin dolientes.

Por Arq. Éfren Garrido

En el día de ayer, el Senado de la República aprobó, a unanimidad y en segunda discusión, el proyecto de ley que declara a la provincia de La Romana como Provincia Ecoturística.

Me siento muy contento con dicha aprobación. Ojalá que en la Cámara de Diputados también sea aprobada y que, finalmente, sea promulgada por el señor presidente de la República, licenciado Luis Rodolfo Abinader Corona.

Pero mientras celebramos que otra provincia pueda contar con una legislación de esta naturaleza, vale la pena recordar algo que, al parecer, hemos olvidado.

En la Gaceta Oficial núm. 11131, del 15 de diciembre de 2023, está contenida la Ley núm. 71-23, que declara a la provincia La Altagracia como Provincia Ecoturística.

¿Todavía recordaba usted esto?

No creo que muchos lo recuerden.

Y no necesariamente porque la ley sea vieja. Apenas han transcurrido casi tres años desde su promulgación. El problema es que, hasta donde podemos observar, el principal organismo creado por esta legislación no ha tenido la presencia ni el funcionamiento que la provincia esperaba: el Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia La Altagracia.

La propia ley establece que este Consejo tiene su sede en la ciudad de Salvaleón de Higüey, municipio cabecero de la provincia.

Pero surge una pregunta inevitable:

¿Dónde está ese Consejo?

La Ley 71-23 establece que debe estar integrado por nueve miembros: un representante del Ministerio de Turismo, quien lo presidirá; representantes de los ministerios de Medio Ambiente y Cultura; el gobernador civil o su representante; un alcalde escogido por consenso entre los alcaldes de los municipios de la provincia; un representante de la Cámara de Comercio y Producción de La Altagracia; un representante de las organizaciones ecológicas de la provincia; un representante de los proyectos turísticos y ecoturísticos; un representante de la Asociación para el Desarrollo de La Altagracia; y un director o directora ejecutivo, quien fungirá como secretario, con voz, pero sin voto.

No estamos, por tanto, ante una simple declaración de que La Altagracia es una provincia ecoturística.

La ley creó una estructura con responsabilidades concretas.

Entre las atribuciones del Consejo está la de aprobar los proyectos ecoturísticos que se desarrollen en la provincia, además de otras atribuciones establecidas por la propia legislación.

Y hay algo todavía más importante.

La Ley 71-23 también creó el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia La Altagracia, destinado a recibir recursos provenientes de las fuentes que establece la legislación.

Esos recursos deben ser administrados por el Consejo, al que corresponde su recaudación, administración, inversión y custodia.

Es decir, la ley no solamente creó un nombre.

Creó un mecanismo institucional y económico para impulsar el desarrollo ecoturístico de La Altagracia.

Pero llegamos a otro punto que merece una explicación.

A casi tres años de la promulgación de la ley, y salvo que exista alguna disposición que desconozcamos, no tenemos conocimiento de que haya sido aprobado y publicado el Reglamento de Aplicación de la Ley 71-23, a pesar de que la propia legislación establecía un plazo no mayor de ciento veinte días para su aprobación.

Y si no existe el reglamento de aplicación, resulta todavía más difícil que pueda funcionar adecuadamente el reglamento interno que corresponde elaborar al propio Consejo, para el cual la ley estableció un plazo de noventa días a partir de su entrada en vigencia.

Pero hay más.

La ley contempló una disposición transitoria mediante la cual se asignarían, en la Ley de Presupuesto General del Estado, RD$20 millones anuales durante cuatro años, comenzando con el presupuesto correspondiente al año siguiente a su entrada en vigencia.

Si hacemos las cuentas, estamos hablando de recursos que debieron comenzar a contemplarse desde 2024.

Este año ya es el tercero de ese período y quedaría un último año de los cuatro previstos originalmente.

La pregunta es inevitable:

¿Cuánto de esos recursos ha llegado realmente a La Altagracia para cumplir con los objetivos de la Ley 71-23?

Y aquí aparece otra comparación que tampoco podemos ignorar.

En el proyecto aprobado para declarar a La Romana como Provincia Ecoturística se contempla un fondo de RD$50 millones.

Entonces cabe preguntarse:

¿Por qué La Altagracia, que ya tiene una ley vigente, continúa con un fondo establecido en RD$20 millones, mientras otra provincia que apenas está incorporándose a este esquema legislativo contempla RD$50 millones?

No se trata de oponernos al desarrollo de La Romana. Todo lo contrario.

Nos alegra que otras provincias puedan beneficiarse de herramientas para promover un turismo diferente, sostenible y vinculado a sus recursos naturales y culturales.

Precisamente por eso resulta preocupante que La Altagracia, una de las principales provincias turísticas de la República Dominicana, tenga una ley de esta naturaleza que parece haber quedado en el olvido.

La propia Ley 71-23 estableció que el Consejo de Desarrollo Ecoturístico debía iniciar sus operaciones dentro de los noventa días siguientes a su entrada en vigencia.

La ley fue promulgada el 8 de diciembre de 2023.

Los plazos estaban escritos.

Las instituciones estaban identificadas.

Las atribuciones estaban definidas.

Los recursos fueron contemplados.

Entonces, ¿qué ocurrió?

¿Quién se hizo responsable de poner en funcionamiento esta ley?

¿Dónde está el Consejo?

¿Dónde está su reglamento?

¿Dónde están los proyectos ecoturísticos aprobados?

¿Dónde están los recursos del Fondo Provincial?

¿Quién está defendiendo la aplicación de la Ley 71-23?

Y, sobre todo:

¿Quién está defendiendo los intereses de La Altagracia?

Quizás el mayor problema de esta ley no sea que haya sido olvidada.

Quizás el problema sea que no ha tenido suficientes dolientes.

Mientras tanto, seguimos hablando de las enormes posibilidades turísticas, ecológicas, culturales y naturales de La Altagracia.

Tenemos los recursos.

Tenemos la ley.

Tenemos las instituciones que deberían participar.

Tenemos incluso recursos económicos contemplados en la legislación.

Lo que aparentemente no tenemos es algo mucho más sencillo:

quien haga que la ley se cumpla.

Y una ley que no se aplica termina siendo poco más que tinta sobre papel.

¡Santo sea el Señor!

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